Los talleres ferroviarios de Laguna Paiva tuvieron su orígen en 1912 cuando comenzó a construirse el galpón de locomotoras denominado "La Rotonda" paralelo al ramal del FCCN que vincularía dicha ciudad con Deán Funes en la Provincia de Córdoba. Las obras del depósito culminaron a mediados de 1913 siendo un hito fundamental en la posterior consolidación del pueblo como hito ferroviario.
El edificio es de planta semicircular, encontrándose en su centro la plataforma giratoria de 22 metros de diámetro que permitía orientar las locomotoras hacia cualquiera de los andenes del interior del edificio, a través de los tramos radiales de vías que conducían a cada una de las fosas de trabajo.
En la actualidad el conjunto está completamente abandonado, y no se puede visitar por encontrarse dentro del predio de la empresa privada Provisión Laguna Paiva del Grupo EMEPA.
En el año 1992 el Dr. Ricardo Molinas en su carácter de Diputado Nacional presentó un Proyecto de Ley solicitando que sea declarado Monumento Histórico Nacional el conjunto de las instalaciones que formaron parte de los primitivos talleres ferroviarios, idea que fue retomada en 1994 por el Senador Nacional Rubén Giustiniani y por el diputado Ricardo Peirone en el 2008, éste presentó otro proyecto que propone declarar Monumento Histórico Provincial y Nacional al depósito de locomotoras.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3557/07)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
DECLARASE MONUMENTO HISTÓRICO NACIONAL A LAS INSTALACIONES DE LOS TALLERES FERROVIARIOS DE LAGUNA PAIVA ( PROVINCIA DE SANTA FE)
ARTICULO 1º : Declarase Monumento Histórico Nacional a las instalaciones ferroviarias existentes en la Avenida Pastor Barrios (ex ruta provincial Nº 4 ) de la ciudad de Laguna Paiva provincia de Santa Fe, que formaran parte de los primitivos Talleres Ferroviarios.
ARTICULO 2º : Forman parte de la declaración dispuesta en el artículo 1º, el depósito semicircular de locomotoras, el edificio de oficinas original de los talleres ferroviarios, la plataforma giratoria, las fosas, las campanas extractoras y demás elementos originales de la labor ferroviaria.
ARTICULO 3º : El Monumento Histórico Nacional declarado en el artículo 1º, se incorpora al régimen de la Ley Nº 12.665, su modificatoria y decretos reglamentarios.
ARTICULO 4º : Dentro de los treinta días de promulgada la presente ley, la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos, adoptará las medidas administrativas y presupuestarias necesarias a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 12.665.
ARTICULO 5º : Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Rubén Giustiniani.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Los ferrocarriles, para un país con la extensión territorial de la Argentina, han sido históricamente un medio de comunicación estratégico, clave para no sólo para el desarrollo de las economías regionales sino también como el medio más económico de transporte de pasajeros para unir grandes distancias.
De aquellos ferrocarriles que abrieron caminos para que miles de personas dieran a luz nuevos pueblos, de aquellos ferrocarriles que simbolizaron el progreso, el trabajo y la posibilidad de desarrollo, queda hoy muy poco. Luego de años de destrucción, desguace intencionado, levantamiento de ramales y desmantelamiento de estaciones y líneas, desinversión y retraso tecnológico, nos encontramos con una realidad caracterizada por la escasa presencia en el servicio de carga de mercaderías, el pésimo servicio a los pasajeros -donde éste servicio existe- y por un extenso territorio del interior del país sin ferrocarriles.
La modernidad de la década del `90 dejó en este aspecto un costo social de 45.000 puestos de trabajos perdidos, 430 pueblos de menos de 2000 habitantes en vías de extinción y 19.000 kilómetros menos de vías.
La privatización rompió así con la integración del sistema ferroviario argentino, dividiendo sus tres subsistemas (pasajeros urbanos, pasajeros de larga distancia y transporte de cargas) en varias empresas, concediéndose no sólo el transporte sino también la posesión de la propiedad pública (vías, estaciones, talleres, tierras aledañas, edificios etc.). La fragmentación del sistema, que buscó crear una sensación de mercado abierto y de monopolio limitado, no pudo, sin embargo, convertir un monopolio natural en un mercado competitivo y menos aún, extraer de la memoria colectiva de muchos pueblos de nuestro interior, el respeto y el recuerdo por los ferrocarriles argentinos.
En este marco, el proyecto de ley que presentamos, pretende rescatar de su segura destrucción, por acción u omisión, a las instalaciones originarias de los talleres ferroviarios de Laguna Paiva en la provincia de Santa Fe.
En 1906 llegaba a la región la prolongación del Ferrocarril Central Norte, actual Ferrocarril General Belgrano, uniendo la localidad de San Cristóbal con la ciudad de Santa Fe, en búsqueda de un puerto para los productos del norte.
La construcción del ferrocarril determinó entonces el afincamiento de aquellos obreros que a la par de su trabajo, fueron sentando las bases de la futura población. En 1908 se habilitó la estación del ferrocarril Laguna Paiva, y en torno a esta se levantaron las primeras casas. La acción pobladora se terminaría afianzando con la construcción del ramal ferroviario que unía Laguna Paiva con Deán Funes, en la provincia de Córdoba.
En cuanto a los talleres ferroviarios que el proyecto pretende declarar Monumento Histórico Nacional, tienen su origen en 1912 cuando comenzó a construirse el depósito de máquinas, conocido como la rotonda, en paralelo a las obras del ramal Deán Funes Laguna Paiva.
Los planos del proyecto se aprobaron en el mes de julio de 1912, con una estructura, compuesta por galpones dispuestos en forma de herradura y con capacidad para 50 locomotoras. Las obras del ramal ferroviario y las del depósito de locomotoras llegaron a su fin a mediados de 1913.-
El Galpón de planta semicircular, en cuyo centro se encuentra la plataforma giratoria de 22 metros de diámetro, verdadero punto de articulación no sólo funcional sino también espacial del conjunto, permitía orientar las locomotoras hacia cualquiera de los andenes del interior del edificio a través de los tramos radiales de vías que conducían a cada una de las fosas de trabajo. Cada fosa contaba con su campana extractora de humo para realizar tareas con las máquinas encendidas.
La construcción sigue reglas de la arquitectura industrial del siglo XIX: Primacía de lo funcional, escasa ornamentación, sólidos muros de fábrica, de ladrillos, cabriadas metálicas y cubierta de chapas onduladas, la que se resuelve a dos aguas, con un lucernario que garantiza una iluminación uniforme y a la vez permite una adecuada ventilación.
El frente cóncavo presenta una secuencia de columnas de perfiles metálicos, en tanto que el frente convexo da lugar a una sucesión de pilastras y aberturas que generan un ritmo modulado por la curvatura del extenso muro.
En Junio de 1915 y con una dotación de 61 trabajadores, comenzó la producción y reparaciones de vagones y locomotoras y desde entonces su crecimiento fue sostenido, construyéndose a la par galpones para nuevas secciones de calderería, hojalatería, tornería mecánica, herrería, aserradero, carpintería y pinturería. Así y durante más de medio siglo, los talleres ferroviarios fueron consolidando el grueso de la población de Laguna Paiva y definiendo su carácter.
A casi cien años de la construcción de estos galpones, entendemos que si bien las instalaciones derruidas que subsisten no presentan una elevada calidad arquitectónica, éstas fueron pilares y referentes ineludibles del desarrollo urbano y poblacional en la Argentina. Su magnitud en relación al tejido urbano le otorga además una gravitación importante, y su contenido histórico y fundamentalmente emocional, una relevancia social insoslayable.
Rescatamos como valioso antecedente, el proyecto de ley del Diputado Nacional Dr. Ricardo Molinas, presentado en Cámara de Diputados de la Nación, solicitando la declaración como Monumento Histórico Nacional de las instalaciones que hoy pretendemos rescatar del olvido y la destrucción del paso del tiempo.
Estamos indudablemente ante un patrimonio histórico y que enorgullece a la memoria colectiva de una ciudad, porque tiene que ver con sus orígenes, su identidad cultural y fundamentalmente con el trabajo como valor social.
Por las razones expuestas, solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Rubén Giustiniani.-
El edificio es de planta semicircular, encontrándose en su centro la plataforma giratoria de 22 metros de diámetro que permitía orientar las locomotoras hacia cualquiera de los andenes del interior del edificio, a través de los tramos radiales de vías que conducían a cada una de las fosas de trabajo.
En la actualidad el conjunto está completamente abandonado, y no se puede visitar por encontrarse dentro del predio de la empresa privada Provisión Laguna Paiva del Grupo EMEPA.
En el año 1992 el Dr. Ricardo Molinas en su carácter de Diputado Nacional presentó un Proyecto de Ley solicitando que sea declarado Monumento Histórico Nacional el conjunto de las instalaciones que formaron parte de los primitivos talleres ferroviarios, idea que fue retomada en 1994 por el Senador Nacional Rubén Giustiniani y por el diputado Ricardo Peirone en el 2008, éste presentó otro proyecto que propone declarar Monumento Histórico Provincial y Nacional al depósito de locomotoras.
A continuación transcribo el Proyecto de Ley presentado por el Senador Rubén Giustiniani
Información General
Numero de Expediente 3557/07
Origen : |
Senado De La Nación |
Tipo : |
Proyecto De Ley |
Extracto : |
GIUSTINIANI : PROYECTO DE LEY DECLARANDO MONUMENTO HISTÓRICO NACIONAL A LAS INSTALACIONES DE LOS TALLERES FERROVIARIOS DE LAGUNA PAIVA , SANTA FE . |
Autores : |
Giustiniani , Rubén Héctor |
Trámite Legislativo
Fechas en Mesa de Entrada | ||||||
| ||||||
Fechas en Dirección Comisiones | ||||||
| ||||||
Giros del Expediente a Comisiones | ||||||
| ||||||
| ||||||
|
Texto Definitivo
En proceso de cargaTexto Original
Senado de la NaciónSecretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3557/07)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
DECLARASE MONUMENTO HISTÓRICO NACIONAL A LAS INSTALACIONES DE LOS TALLERES FERROVIARIOS DE LAGUNA PAIVA ( PROVINCIA DE SANTA FE)
ARTICULO 1º : Declarase Monumento Histórico Nacional a las instalaciones ferroviarias existentes en la Avenida Pastor Barrios (ex ruta provincial Nº 4 ) de la ciudad de Laguna Paiva provincia de Santa Fe, que formaran parte de los primitivos Talleres Ferroviarios.
ARTICULO 2º : Forman parte de la declaración dispuesta en el artículo 1º, el depósito semicircular de locomotoras, el edificio de oficinas original de los talleres ferroviarios, la plataforma giratoria, las fosas, las campanas extractoras y demás elementos originales de la labor ferroviaria.
ARTICULO 3º : El Monumento Histórico Nacional declarado en el artículo 1º, se incorpora al régimen de la Ley Nº 12.665, su modificatoria y decretos reglamentarios.
ARTICULO 4º : Dentro de los treinta días de promulgada la presente ley, la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos, adoptará las medidas administrativas y presupuestarias necesarias a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 12.665.
ARTICULO 5º : Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Rubén Giustiniani.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Los ferrocarriles, para un país con la extensión territorial de la Argentina, han sido históricamente un medio de comunicación estratégico, clave para no sólo para el desarrollo de las economías regionales sino también como el medio más económico de transporte de pasajeros para unir grandes distancias.
De aquellos ferrocarriles que abrieron caminos para que miles de personas dieran a luz nuevos pueblos, de aquellos ferrocarriles que simbolizaron el progreso, el trabajo y la posibilidad de desarrollo, queda hoy muy poco. Luego de años de destrucción, desguace intencionado, levantamiento de ramales y desmantelamiento de estaciones y líneas, desinversión y retraso tecnológico, nos encontramos con una realidad caracterizada por la escasa presencia en el servicio de carga de mercaderías, el pésimo servicio a los pasajeros -donde éste servicio existe- y por un extenso territorio del interior del país sin ferrocarriles.
La modernidad de la década del `90 dejó en este aspecto un costo social de 45.000 puestos de trabajos perdidos, 430 pueblos de menos de 2000 habitantes en vías de extinción y 19.000 kilómetros menos de vías.
La privatización rompió así con la integración del sistema ferroviario argentino, dividiendo sus tres subsistemas (pasajeros urbanos, pasajeros de larga distancia y transporte de cargas) en varias empresas, concediéndose no sólo el transporte sino también la posesión de la propiedad pública (vías, estaciones, talleres, tierras aledañas, edificios etc.). La fragmentación del sistema, que buscó crear una sensación de mercado abierto y de monopolio limitado, no pudo, sin embargo, convertir un monopolio natural en un mercado competitivo y menos aún, extraer de la memoria colectiva de muchos pueblos de nuestro interior, el respeto y el recuerdo por los ferrocarriles argentinos.
En este marco, el proyecto de ley que presentamos, pretende rescatar de su segura destrucción, por acción u omisión, a las instalaciones originarias de los talleres ferroviarios de Laguna Paiva en la provincia de Santa Fe.
En 1906 llegaba a la región la prolongación del Ferrocarril Central Norte, actual Ferrocarril General Belgrano, uniendo la localidad de San Cristóbal con la ciudad de Santa Fe, en búsqueda de un puerto para los productos del norte.
La construcción del ferrocarril determinó entonces el afincamiento de aquellos obreros que a la par de su trabajo, fueron sentando las bases de la futura población. En 1908 se habilitó la estación del ferrocarril Laguna Paiva, y en torno a esta se levantaron las primeras casas. La acción pobladora se terminaría afianzando con la construcción del ramal ferroviario que unía Laguna Paiva con Deán Funes, en la provincia de Córdoba.
En cuanto a los talleres ferroviarios que el proyecto pretende declarar Monumento Histórico Nacional, tienen su origen en 1912 cuando comenzó a construirse el depósito de máquinas, conocido como la rotonda, en paralelo a las obras del ramal Deán Funes Laguna Paiva.
Los planos del proyecto se aprobaron en el mes de julio de 1912, con una estructura, compuesta por galpones dispuestos en forma de herradura y con capacidad para 50 locomotoras. Las obras del ramal ferroviario y las del depósito de locomotoras llegaron a su fin a mediados de 1913.-
El Galpón de planta semicircular, en cuyo centro se encuentra la plataforma giratoria de 22 metros de diámetro, verdadero punto de articulación no sólo funcional sino también espacial del conjunto, permitía orientar las locomotoras hacia cualquiera de los andenes del interior del edificio a través de los tramos radiales de vías que conducían a cada una de las fosas de trabajo. Cada fosa contaba con su campana extractora de humo para realizar tareas con las máquinas encendidas.
La construcción sigue reglas de la arquitectura industrial del siglo XIX: Primacía de lo funcional, escasa ornamentación, sólidos muros de fábrica, de ladrillos, cabriadas metálicas y cubierta de chapas onduladas, la que se resuelve a dos aguas, con un lucernario que garantiza una iluminación uniforme y a la vez permite una adecuada ventilación.
El frente cóncavo presenta una secuencia de columnas de perfiles metálicos, en tanto que el frente convexo da lugar a una sucesión de pilastras y aberturas que generan un ritmo modulado por la curvatura del extenso muro.
En Junio de 1915 y con una dotación de 61 trabajadores, comenzó la producción y reparaciones de vagones y locomotoras y desde entonces su crecimiento fue sostenido, construyéndose a la par galpones para nuevas secciones de calderería, hojalatería, tornería mecánica, herrería, aserradero, carpintería y pinturería. Así y durante más de medio siglo, los talleres ferroviarios fueron consolidando el grueso de la población de Laguna Paiva y definiendo su carácter.
A casi cien años de la construcción de estos galpones, entendemos que si bien las instalaciones derruidas que subsisten no presentan una elevada calidad arquitectónica, éstas fueron pilares y referentes ineludibles del desarrollo urbano y poblacional en la Argentina. Su magnitud en relación al tejido urbano le otorga además una gravitación importante, y su contenido histórico y fundamentalmente emocional, una relevancia social insoslayable.
Rescatamos como valioso antecedente, el proyecto de ley del Diputado Nacional Dr. Ricardo Molinas, presentado en Cámara de Diputados de la Nación, solicitando la declaración como Monumento Histórico Nacional de las instalaciones que hoy pretendemos rescatar del olvido y la destrucción del paso del tiempo.
Estamos indudablemente ante un patrimonio histórico y que enorgullece a la memoria colectiva de una ciudad, porque tiene que ver con sus orígenes, su identidad cultural y fundamentalmente con el trabajo como valor social.
Por las razones expuestas, solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Rubén Giustiniani.-
Pasaron 22 años desde el primer proyecto presentado por Don Ricardo Molinas y todavía el galón de máquinas espera su justo reconocimiento, que espero llegue rápido porque el bosque que se está formando dentro en muy poco tiempo terminará por convertir al edificio en una gran ruina irreparable.
Por favor presten atención a las fechas del trámite legislativo, el mismo ingresó por Mesa de Entrada el 22 de noviembre de 2007, fue elevado a comisiones 5 días después, caducando el 28 de febrero de 2009 siendo arrumbado en la papelera de reciclaje de los archivos X, el 9 de noviembre de 2011. Triste no?...
Dejo también el ítem de Asunto Entrado referido al Diario de Sesiones del 126 Período Legislativo, 25ª Reunión, 17ª Sesión Ordinaria del 11 de setiembre de 2008
5.2.9 Preservación del patrimonio cultural de nuestros pueblos: interés legislativo –
“Depósito de Locomotoras” de Laguna Paiva: “Monumento Histórico”
Asunto Nº 24 – Dictamen de la Comisión de Cultura y Medios de Comunicación Social en el proyecto de declaración
del señor diputado Peirone, por el cual esta Cámara declara de su interés la preservación del Patrimonio Cultural de
Nuestros Pueblos y en ese marco, la declaración como “Monumento Histórico”, tanto a nivel provincial como nacional
del emblemático “Depósito de Locomotoras” de la ciudad de Laguna Paiva, departamento La Capital. (Expte. Nº 20.361
– PJ – FV).
– Girado al Orden del Día.